Contar con un Abogado/a sustituto para tus señalamientos

El art. 56 del actual Estatuto General de la Abogacía (EGA) prevé la posibilidad de que el letrado pueda ser sustituido en el acto de la vista o juicio, o en cualquier otra diligencia, por otro Abogado que actúa bajo las instrucciones y directrices del Abogado director del asunto. Es decir, el Abogado que acude […]